ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SAN RAFAEL DEL ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS
Nuestra Constitución consagra en su artículo 22, el derecho fundamental de los españoles a asociarse, como tendencia natural de las personas y como instrumento participativo, respecto al cual los poderes públicos deben fomentar. En este sentido, se promulgó la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación sucesora de la vieja Ley de Asociaciones de 1964, y que establece en una de sus disposiciones la necesidad de adaptar los vigentes Estatutos corporativos de la Asociación a la misma en el plazo de dos años desde qué entró aquella en vigor (Mayo de 2002).
Por ello, la Junta Directiva consciente del momento de notable actividad y funcionamiento por el que está pasando esta entidad declarada de utilidad pública y prestadora de un servicio de interés general, ha querido someter al acuerdo de la Asamblea General, y por mandato de los vigentes Estatutos, la aprobación de la adaptación y modificación de éstos en aras a seguir progresando en la consecución de los fines estatutarios. Pues, cada día se requiere incorporar a la dirección y gestión de proyectos de esta dimensión criterios como eficacia, eficiencia, calidad y por supuesto la responsabilidad. Pues, las distintas medidas procedimentales establecidas en estos Estatutos son garantías democráticas para los socios más que obstáculos para la gestión cotidiana.
No obstante, éste es un buen momento para renovar nuestros objetivos, entroncándolos con la salud y la calidad de vida, valores prioritarios en las sociedades socialmente desarrolladas, incorporándonos a título enunciativo, a los procesos de información, participación y planificación de las políticas de protección de la salud; avanzando en la colaboración con las Administraciones Públicas en la gestión de servicios de carácter socio-sanitario cómo es una realidad la Unidad de Estancia Diurna; organizando eventos en el ámbito de la formación y fomentando el voluntariado en cuanto movimiento comprometido con los más desfavorecidos de la sociedad a través de este cauce democrático que permita mejorar la calidad de vida de los demás.
La Asamblea General Extraordinaria, reunida el día 20 de diciembre de 2003 acordó modificar y adaptar los estatutos de la Asociación a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación, quedando redactados de la siguiente forma:
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